miércoles, 15 de abril de 2009

Ley de minas

"Desempleo", de Rufino Lucero


Rige desde hoy la ley de protección integral a las mujeres .

Buenos Aires, 14 de abril (Télam).- La ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en su contra comenzó a regir hoy al publicarse su texto en la edición 31.632 del Boletín Oficial.

Tanto la defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez, como el director ejecutivo de Amnistía Internacional de Argentina, Rafael Barca, manifestaron su satisfacción por la entrada en vigencia de la norma.
"La nueva ley constituye un adelanto con relación a normativas anteriores, que proponían un tratamiento neutral en términos de género, de situaciones que repercuten diferencialmente en las mujeres", consideró Martínez.
La ley, sancionada el pasado 11 de marzo y promulgada el 1 de este mes, posee cuatro títulos y 45 artículos, el primero de los cuales indica que sus disposiciones son de "orden público y de aplicación en todo el territorio de la República".
El artículo segundo tipifica que la ley "tiene por objeto promover y garantizar", entre otras, "la eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los ámbitos de la vida"; y el derecho "a vivir una vida sin violencia".
"La remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres" "el acceso a la justicia" de las que "padecen violencia" y "la asistencia" a las que "padecen violencia en las áreas estatales y privadas", también son objetos de esta norma.
Además, garantiza los derechos reconocidos por la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención de los Derechos de los Niños y la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas/os y Adolescentes.
El artículo tercero se refiere al derecho a "la salud, la educación y la seguridad personal" de las mujeres; a su "integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial", a "gozar de acceso gratuito a la justicia" y a "la igualdad real de derechos, oportunidades y de trato entre varones y mujeres".
Mención especial merece el inciso "e" de este artículo que les garantiza "decidir sobre la vida reproductiva, número de embarazos y cuándo tenerlos, de conformidad con la ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación responsable".

El Ministerio Público de la Defensa presta asesoramiento y eventual patrocinio jurídico a mujeres maltratadas que acuden a la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema y, a través del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico -dijo- "se acompaña a las víctimas para intervenir como querellantes en los procesos penales".

Pregunto:
En qué artículo se protege la parte femenina de los hombres?
Elisa Vonarola también está contemplada?
Y l@s transexuales? Y los que se sienten mujer?
Puede un travesti agredido en la vía pública acceder a la protección integral que garantiza esta ley?
Protege integralmente con tra los despidos y los abandonos del Estado?
Protege a las hijas de sus madres y a las madres de sus hijas?

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